El Supremo rechaza que las madres deban indemnizar a los padres que descubren que no son los biológicos
  • LocalizaciónMontseny, nº10, Cardedeu, BCN
  • Teléfono (+34) 639- 754-615
  • HorarioLun-Vier: 9 AM- 6 PM
  • Inicio
  • Sobre mi
  • Servicios
  • Artículos
  • Noticias
  • Te llamo
  • Acceder
  • Inicio
  • Sobre mi
  • Servicios
  • Artículos
  • Noticias
  • Te llamo
  • Acceder
  • Español

actualidad

  • Juan Peran
  • Derecho Civil, sentencias
  • noviembre 16, 2018

El Supremo rechaza que las madres deban indemnizar a los padres que descubren que no son los biológicos

Los padres que descubran que en realidad no son los verdaderos padres biológicos no podrán reclamar a la madre una indemnización por daños morales. El Pleno de la Sala de lo Civil ha fijado este criterio al estudiar una sentencia que había condenado a una mujer a indemnizar con 15.000 euros a su ex marido por ese motivo.

El Alto Tribunal estima el recurso de casación presentado por la madre y revoca la indemnización, así como la obligación de devolver al hombre más de 45.000 euros por lo gastado en alimentar al menor. El Tribunal Supremo ya había establecido anteriormente que no hay un derecho a ser resarcido por los gastos en un hijo que al final no lo es. Lo que sí es nuevo es el criterio que deberá seguirse en los tribunales sobre la indemnización por daños morales, que tampoco se podrá exigir.

El caso concreto estudiado es el de un matrimonio residente en Cádiz que tuvo tres hijos. Tras divorciarse, el hombre demostró que el segundo de ellos no era en realidad suyo y reclamó tanto los gastos de alimentación como una indemnización de 75.000 euros por daños morales. El juzgado de primera instancia lo rechazó, pero la Audiencia Provincial le dio la razón, si bien rebajando la cuantía.

La Audiencia consideró justificada esa compensación al daño moral “dada la situación de clara frustración y desasosiego de quien durante mucho tiempo ha tenido relación, contacto y cariño con quien pensaba que era su hijo, para luego enterarse que se trataba de un hijo ajeno”. Una situación “que le habría influido hasta el punto de haber estado de baja por daños psicológicos”.

El Supremo rechaza la indemnización precisando que “no se niega que conductas como la enjuiciada sean susceptibles de causar un daño”, sino que lo que se niega es “que este daño sea indemnizable mediante el ejercicio de las acciones propias de la responsabilidad civil, a partir de un juicio de moralidad complejo y de consecuencias indudablemente negativas para el grupo familiar”.

La sentencia, de la que ha sido ponente el magistrado José Antonio Seijas, añade que “la infidelidad tiene respuesta en la normativa reguladora del matrimonio mediante la separación o el divorcio, que aquí ya se ha producido; esa regulación no contempla la indemnización del daño moral”.

 

fuente: https://www.elmundo.es/espana/2018/11/16/5beea8ccca4741bb118b462c.html

Leer más

Categorías

  • Accidentes de Tráfico 1
  • Artículos docrinales 9
  • crisis 1
  • Derecho Civil 4
  • Leyes 1
  • Mala praxis 3
  • Negligencia Médica 6
  • Negligencias 12
  • Reclamación 8
  • Sanidad 9
  • sentencias 10

Últimas noticias

  • ¿QUÉ SE PUEDE RECLAMAR POR LAS PERDIDAS DEL CORONAVIRUS? 31 marzo, 2020
  • El drama de una residencia de ancianos con 20 fallecidos por el coronavirus 17 marzo, 2020
  • ¿Qué le ocurre a las personas cuando sufren una negligencia médica? 10 marzo, 2020
  • ¿Qué es la Lex Artis? 10 marzo, 2020
  • Historia clínica 10 marzo, 2020

Comentarios recientes

  • Alana en Coches autónomos: quién es el responsable de un accidente
  • See Here en Un bebé que perdió los dos testículos por negligencia del pediatra, indemnizado con 131.000 euros
  • Leandro en Coches autónomos: quién es el responsable de un accidente
  • Kisha en Un bebé que perdió los dos testículos por negligencia del pediatra, indemnizado con 131.000 euros
  • JUAN PERÁN ORTEGA en ¿Cómo actuar tras sufrir una Negligencia Médica?

Archivo

  • marzo 2020
  • enero 2020
  • diciembre 2019
  • julio 2019
  • mayo 2019
  • marzo 2019
  • febrero 2019
  • enero 2019
  • noviembre 2018
  • octubre 2018
  • junio 2017

Ponte en contacto

  • Calle Montseny, nº10, Cardedeu, BCN
  • Teléfono: (+34) 639 - 754 - 615
  • E-mail: jperan@icab.es
  • Horario: de 9 am a 6 pm

Últimos artículos

  • ¿QUÉ SE PUEDE RECLAMAR POR LAS PERDIDAS DEL CORONAVIRUS? 31 marzo, 2020
  • El drama de una residencia de ancianos con 20 fallecidos por el coronavirus 17 marzo, 2020
  • ¿Qué le ocurre a las personas cuando sufren una negligencia médica? 10 marzo, 2020

Nube de etiquetas

actualidad Artículos doctrinales condenas coronavirus covid-19 crisis error quirúrgico negligencia negligencia médica Negociación reclamación sanidad sanidad privada sanidad pública sentencia sentencias

©2019 JuanPerán. Aviso legal . Política de privacidad . hecho en MKB

  • Inicio
  • Servicios
  • Artículos
  • Noticias
  • Te llamo

En nombre de mi firma jurídica procesamos datos personales como, por ejemplo, tus datos de navegación. Si sigues navegando por nuestro portal, nosotros y otras compañías seleccionadas podrán instalar cookies o acceder a información no sensible de tu dispositivo con el objetivo de crear perfiles, personalizar contenidos, servir anuncios adaptados a tus preferencias y elaborar estadísticas. Puedes configurar tus preferencias de privacidad ahora o en cualquier momento accediendo a nuestra política de cookies, pinche el enlace para mayor información.

ACEPTAR
Aviso de cookies

Login

Register | Lost your password?

Register

Tus datos personales se utilizarán para procesar tu pedido, mejorar tu experiencia en esta web, gestionar el acceso a tu cuenta y otros propósitos descritos en nuestra política de privacidad.

Log In | Lost your password?

Reset Password

Lost your password? Please enter your username or email address. You will receive a link to create a new password via email.

Log In | Register